“Por el cual se modifica la Ley 130 de 1994, en materia de financiación de las campañas de los candidatos a las Juntas Administradoras Locales. [Campañas candidatos JAL]”
Estados del Proyecto
Radicado
07.24.2013
Publicación
07.26.2013
Publicada Ponencia Primer Debate
09.03.2013
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.19.2014
Sinopsis
La financiación de las campañas de elección para las Juntas Administradoras Locales se sujetará a las mismas reglas establecidas para los alcaldes y concejales. No tendrá derecho a la reposición de los gastos cuando su lista hubiere obtenido menos de la tercera parte de los votos depositados por la lista que haya alcanzado curul con el menor residuo. La reposición de gastos de campañas solo podrá hacerse a través de los partidos, movimientos u organizaciones adscritas, y a los grupos o movimientos sociales, según el caso, excepto cuando se trate de candidatos independientes o respaldados por movimientos sin personería jurídica, en cuyo evento la partida correspondiente le será entregada al candidato o a la persona, natural o jurídica que él designe.
Datos Generales
| Jul 24 d 2013 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
| Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
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Estados del Proyecto
| Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 24 2013 | Radicado | ||
Jul 26 2013 | Publicación | ||
Sep 03 2013 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 19 2014 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 | |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Partidos y movimientos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 24, 2013
Legislatura
Legislatura Jul 2013 - Jun 2014
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