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“Por el cual se modifica el artículo 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones. [Régimen de regalías ]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Con el sistema de distribución de regalías del Acto Legislativo número 05 de 2011, ha quedado establecido que más que las dificultades para su funcionamiento y su operación, la verdadera problemática de fondo radica en presentar una verdadera propuesta de equidad tanto para las regiones como para el país, que haga viable a las regiones, contribuya al país y construya vínculos positivos con la actividad petrolera y minera.

En este sentido, la presentación de este proyecto busca generar un punto de encuentro en lo regional y lo nacional para lo cual se presentan dos aspectos fundamentales:

Mejorar la participación de los productores al pasar del supuesto 20% al 30% neto de las asignaciones directas, disminuyendo la participación de los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional, pues es de la única manera que se puede devolver las regalías que les arrebataron a las regiones productoras.
Redistribuir los recursos asignados para la fiscalización, de tal manera que los departamentos ejerzan complementariamente esta labor para lo cual se les asignará un 1% de los recursos asignados para este propósito.
Establecer de una manera clara y explícita en la normatividad unas prioridades de gastos encaminadas únicamente a proyectos de inversión.
Hacer complementario el Sistema General de Regalías, los presupuestos del Sistema General de Participación, el Presupuesto General de la Nación y los recursos propios de los entes territoriales, para la financiación de proyectos de alto impacto regional que contribuyan a la formación bruta de capital en los territorios.
Eliminar los OCADS municipales y departamentales. Los entes territoriales no tendrán que recurrir a instancias del orden nacional para aprobar los proyectos en los cuales decidan invertir los recursos del Sistema General de Regalías a que tengan derecho, solamente deberán observar estrictamente lo dispuesto en la ley y la Constitución.


Datos Generales

Jul 20 d 2018 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2018

Radicado

Ago 02 2018

Publicación

562/18

Oct 16 2018

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

851/18

Ponentes

Oct 18 2018

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

865/18

Ponentes

Oct 22 2018

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

878/18

Ponentes

Oct 30 2018

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

934/18, 55/19, 57/19

Oct 31 2018

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

934/18

Ponentes

Nov 07 2018

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

947/18

Ponentes

Nov 13 2018

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

988/18, 936/19

Dic 04 2018

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

1084/18

Ponentes

Dic 04 2018

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

1084/18

Ponentes

Dic 16 2018

Archivado por Vencimiento de TérminosArt 224 Ley 5 de 1992