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“Por el cual se implementa el Sistema de Reciclaje en las entidades del gobierno del orden nacional, territorial y de las diferentes Ramas del Poder Público, y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene como objeto implementar el sistema de reciclaje en las Entidades Públicas del orden Nacional, territorial y de las diferentes Ramas del Poder Público, con el fin de generar conciencia ambiental e impulsar el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos. El Gobierno a través del Ministerio del Medio Ambiente o quien haga sus veces, coordinará la implementación del sistema de reciclaje en las entidades del orden nacional, territorial y de las diferentes ramas del Poder Público, promoviendo la planeación, difusión, supervisión, integración tecnológica, comercialización y control de la operación del reciclaje.

Para la implementación del Sistema de Reciclaje, el Ministerio del Medio Ambiente o quien haga sus veces, tomará las medidas administrativas legalmente aceptadas para involucrar a todas las Entidades Públicas del Orden Nacional, territorial y de las diferentes Ramas del Poder Público.


Datos Generales

Dic 16 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Dic 16 2008

Radicado

Dic 26 2008

Publicación

963/08

Abr 15 2009

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

213/09

Ponentes

May 20 2009

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

831/09

Datos generales