“Por el cual se hace obligatorio la destinación de recursos para los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos de los servicios públicos domiciliarios.”
Estados del Proyecto
Publicación
08.03.2006
Publicada Ponencia Primer Debate
09.14.2006
Aprobado Primer Debate
11.07.2006
Publicada Ponencia Segundo Debate
03.27.2007
Archivado en Debate
05.20.2008
Sinopsis
El presente proyecto de ley pretende hacer obligatoria la creación y especialmente buscar financiar con las transferencias de la Nación (S.G.P.) los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, para el pago de estos subsidios a las personas de los Estratos 1, 2 y 3 de los servicios públicos domiciliarios. Para lo anterior se crea el Comité de Control y Vigilancia de los Fondos, entre otros aspectos relacionados con el objeto de esta ley.
Datos Generales
Ago 03 d 2006 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 03 2006 | Publicación | ||
Sep 14 2006 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primero | |
Ponentes | |||
Nov 07 2006 | Aprobado Primer Debate | Comisión VI Cámara | |
Mar 27 2007 | Publicada Ponencia Segundo Debate | Segundo | |
Ponentes | |||
May 20 2008 | Archivado en Debate | Art 184 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Servicios Públicos
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 3, 2006
Legislatura
Legislatura Jul 2006 - Jun 2007
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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