“Por el cual se evita la doble tributación para la actividad industrial en el impuesto de Industria y Comercio.”
Estados del Proyecto
Radicado
07.21.1998
Publicación
08.03.1998
Publicada Ponencia Primer Debate
10.06.1998
Aprobado Primer Debate
12.03.1998
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.1999
Sinopsis
Ningún municipio puede cobrar el impuesto de industria y comercio por concepto de actividad comercial, al industrial que comercialice sus productos en municipios distintos al de su sede fabril, siempre que se trate de la comercialización de productos originados en su actividad industrial.
Datos Generales
Jul 21 d 1998 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 21 1998 | Radicado | ||
Ago 03 1998 | Publicación | ||
Oct 06 1998 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Dic 03 1998 | Aprobado Primer Debate | Comisión III Cámara | |
Jun 20 1999 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Proyectos acumulados:
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Impuestos
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 21, 1998
Legislatura
Legislatura Jul 1998 - Jun 1999
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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