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“Por el cual se adiciona el parágrafo 1° del artículo 180 de la Constitución Política de Colombia. [Régimen de incompatibilidades]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Del Régimen de Incompatibilidades aplicable a los congresistas, se exceptúan:
a) El ejercicio de la cátedra universitaria;
b) Ser nombrados y desempeñarse como Ministros de Estado o como Embajadores, desde su elección y durante el período constitucional para el cual fueron elegidos. En tal evento serán reemplazados por quien en estricto orden descendente de la lista no haya resultado electo. Si renunciasen o fueren removidos del cargo en el ejecutivo no podrán regresar a la curul por el resto del período.


Datos Generales

Abr 14 d 2004 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 14 2004

Radicado

Abr 15 2004

Publicación

135/04

Abr 16 2004

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

137/04

Ponentes

Abr 28 2004

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

216/04

May 04 2004

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

188/04

Ponentes

May 14 2004

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

313/04, 396/04

Jun 08 2004

Aprobado Tercer DebateComisión I Cámara

270/04, 343/04

Jun 08 2004

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

249/04

Ponentes

Jun 15 2004

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

270/04, 278/04

Ponentes

Jun 17 2004

En ConciliaciónInforme

292/04

Jun 17 2004

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Cámara

401/04

Jun 18 2004

Aprobada Conciliación

396/04, 402/04

Jun 20 2004

Archivado por Vencimiento de TérminosArt 224 Ley 5 de 1992