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“Por el cual se adiciona un artículo nuevo a la Constitución Política para garantizar el Derecho fundamental a la Salud. [Derecho fundamental a la salud]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La prestación de los servicios de salud es responsabilidad indelegable del Estado y los mismos no se subordinarán a criterios de rentabilidad, no obstante, las personas podrán contratar de manera directa y autónoma la prestación de los servicios en salud con empresas particulares en los términos que señale la ley, igualmente esta determinará la forma como las personas contribuirán al sostenimiento del sistema de salud.


Datos Generales

Ago 10 d 2011 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 10 2011

Radicado

Ago 11 2011

Publicación

591/11

Sep 27 2011

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

736/11

Ponentes

Nov 02 2011

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

56/12