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“Por el cual establece nuevos plazos para realizar, adoptar y aplicar las estratificaciones socioeconómicas urbanas y rurales en el territorio nacional. ”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los municipios y distritos que hayan adelantado estratificaciones urbanas y de centros poblados rurales que tengan más de 20 viviendas concentradas, deberán volver a realizarlas. Los municipios y distritos deberán realizar y adoptar estratificaciones de fincas y viviendas rurales. Para tal fin, todos los municipios y distritos del país que dispongan de formación predial catastral rural con vigencia posterior a 1989, debernán contar con el estudio de cálculo de la Unidad Agrícola Familiar, UAF. Se emplearán metodologías que elabore el Departamento Nacional de Planeación. Los resultados de las estratificaciones deberán aplicar al cobro de tarifas de los servicios públicos domiciliarios a más tardar 4 meses después de vencido el plazo de adopción.


Datos Generales

Sep 20 d 2000 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 20 2000

Radicado

Sep 22 2000

Publicación

383/00

Dic 14 2000

Aprobado Primer Debate

May 09 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

193/01

Ponentes

Jun 19 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

332/01

Sep 21 2001

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

493/01

Ponentes

Oct 24 2001

Aprobado Tercer DebateComisión

562/01, 63/02

Nov 13 2001

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

574/01

Ponentes

Dic 05 2001

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Cámara

641/01, 30/02

Dic 12 2001

En ConciliaciónInforme

40/02, 74/02

Ponentes

Dic 13 2001

Aprobada ConciliaciónEn Senado y Cámara

40/02, 74/02

Ene 25 2002

Sancionado como LeyLey 732 de 2002

84/02

Datos generales