“Código Nacional de Tránsito Terrestre.”
Sinopsis
Las normas del presente Código rigen en todo el territorio nacional y regulan la circulación de los peatones, animales y vehículos por las vías públicas o privadas que estén abiertas al público, o en las que no siendo posible el acceso al público, circulen vehículos. En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución Política, el tránsito terrestre por las vías de uso público es libre, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantía de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los discapacitados físicos y mentales, para la preservación de un ambiente sano y la protección del uso común del espacio público. Las autoridades de tránsito promoverán la difusión y el conocimiento de las disposiciones contenidas en este Código. Los principios rectores de este código son: Seguridad de los usuarios, calidad, oportunidad, cubrimiento, libertad de acceso, plena identificación, libre circulación, educación y descentralización.
Datos Generales
Sep 26 d 2000 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Sep 26 2000 | Radicado | ||
Sep 27 2000 | Publicación | ||
Sep 28 2000 | Acumulado | Ver Pl 01/00 Cámara |
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Tránsito y transporte
Tema
Seguridad, defensa y fuerza pública
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
sept. 26, 2000
Legislatura
Legislatura Jul 2000 - Jun 2001
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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