“A través de la cual se reforman los artículos 86, 235, 237 y 241 de la Constitución Política.”
Sinopsis
Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces que señale la ley, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumari o, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
Datos Generales
Oct 17 d 2006 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|