Política

No. Senado: 245/08

Por medio de la cual se otorga beneficios a las familias de las personas secuestradas con posterioridad al ejercicio de su cargo.

Luis Élmer Arenas Parra
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Retirado por el Autor Junio 17 de 2008

Sinópsis

Cualquier colombiano que sea secuestrado con posterioridad a la terminación del periodo para el cual fue elegido popularmente, gozará de los mismos beneficios consagrados en la Ley 986 de 2005 como si estuviese desempeñando el cargo. Estos beneficios se otorgarán hasta cuando se produzca la libertad, se compruebe la muerte, o se declare la muerte por desaparecimiento del secuestrado.

Marzo 27 de 2008
Radicado
Abril 01 de 2008
Publicación
Gaceta 93/08
Junio 17 de 2008
Retirado por el Autor