Política

No. Senado: 83/14

Por medio del cual se define la obligatoriedad a las Empresas Promotoras de Salud a proveer los gastos de transporte, alojamiento y manutención a los pacientes y sus acompañantes. [Alojamiento familiares de pacientes]

Juan Samy Merheg Marún
Conservador Colombiano
Estado actual: Publicación Septiembre 11 de 2014

Sinópsis

La presente ley tiene como objeto definir la obligatoriedad que tienen las EPS de prestar los servicios de salud de manera integral, y en los casos que se requiera provean los gastos de transporte, alojamiento y manutención a los pacientes del sistema de salud y sus acompañantes.

Septiembre 10 de 2014
Radicado
Septiembre 11 de 2014
Publicación
Gaceta 486/14