A partir de la sanción de la presente ley se autoriza al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación e impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las apropiaciones necesarias con el propósito de posibilitar el desarrollo y la ejecución de las obras indispensables para los propósitos de la presente ley. El Gobierno Nacional, el departamento del Cesar y el municipio de Valledupar contribuirán al fomento, promoción, protección, conservación, restauración, divulgación, desarrollo y financiación que demande la declaratoria de bien de interés cultural de la Nación del inmueble.