Política

No. Senado: 183/14

Por medio de la cual se crea el artículo 118A, se modifica el artículo 104 de la Ley 599 de 2000 y se modifica el artículo 351 de la Ley 906 de 2004. [Penaliza ataques con ácido]

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Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

El que cause a otro daño temporal o semipermanente en el cuerpo o en la salud, usando para ello cualquier tipo de agente químico; álcalis; sustancias similares o corrosivas que generen perjuicio o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano; incurrirá en pena de prisión de ciento cincuenta (150) meses a doscientos cuarenta (240) meses y multa de ciento veinte (120) a doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Cuando la conducta cause deformación, pérdida parcial o total funcional o anatómica, la pena será de doscientos cincuenta y un (251) meses a trescientos sesenta (360) meses de prisión y multa de mil sesenta y seis punto sesenta y seis (1066.66) a tres mil (3000) salarios mínimos legales vigentes.

Abril 09 de 2014
Publicación
Gaceta 135/14
Abril 09 de 2014
Radicado
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura