Autoriza a la Asamblea Departamental de Córdoba para que ordene la emisión de la estampilla "Prodesarrollo Académico y Descentralización de Servicios Educativos de la Universidad de Córdoba", recursos que se destinarán a la inversión y mantenimiento de la planta física, fondo editorial, escenarios deportivos y culturales, dotación, compra de equipos requeridos para el desarrollo académico de la Universidad de Córdoba, extensión de los programas académicos a los municipios del departamento en la modalidad presencial, semipresencial, concentrada y a distancia, de acuerdo con las necesidades del entorno; y para garantizar la permanencia de los estudiantes en los ciclos de formación de la Universidad a través del desarrollo de programas de becas dirigidos a estudiantes de estratos 1, 2, y 3 que podrán incluir manutención, hospedaje, transporte, matrícula, útiles y libros.