Estado actual:Informe Legislativo a las Objeciones del Ejecutivo Marzo 18 de 2015
Sinópsis
Es sujeto de la cuota de fomento cauchero toda persona natural o jurídica, que beneficie el látex o el coágulo de campo, provenientes de los árboles de caucho, sea para comercializarlo o para utilizarlo en procesos agroindustriales o industriales.