El presente proyecto de ley autoriza la prestación del servicio de transporte público terrestre alternativo. Para lo anterior se dictan definiciones acerca de distintos medios de transporte alternativo como motocarro, mototráiler, tricimovil, entre otros, además de dictar disposiciones acerca del acceso al servicio y el ámbito de operación, la habilitación de los distintos medios de transporte terrestre alternativo, la prestación del servicio, el régimen de transición, entre otros asuntos relacionados con la aplicación del presente proyecto de ley.