La Corte Constitucional, mediante Sentencia C-490 de 2011, declaró inexequible el inciso 3 del artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, porque no se realizó el proceso de consulta previa, afectando los intereses de las comunidades indígenas y afrodescendientes.
Este proyecto busca que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tengan nuevamente la posibilidad de
avalar candidatos y listas al Congreso de la República por la Circunscripción Especial.