Política

Número de Cámara: 187/12

Por la cual se determinan especificaciones del contenido del tarjetón, se incorpora la foto y el nombre de los candidatos para las próximas elecciones de Senadores, Representantes a la cámara, Gobernadores, Alcaldes, Diputados y Concejales, y se dictan otras disposiciones. [Incorporación de la foto en la tarjeta electoral]

Efraín José Cepeda Sarabia
Conservador Colombiano
Lina María Barrera Rueda
Conservador Colombiano
Hernán Francisco Andrade Serrano
Conservador Colombiano
Luis Emilio Sierra Grajales
Conservador Colombiano
Gustavo Hernán Puentes Díaz
Conservador Colombiano
Constantino Rodríguez Calvo
Conservador Colombiano
Pedrito Tomás Pereira Caballero
Conservador Colombiano
David Alejandro Barguil Assis
Conservador Colombiano
Juan Manuel Campo Eljach
Conservador Colombiano

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

Mientras no esté en uso el voto electrónico para las elecciones en Colombia, la presentación física del tarjetón electoral para elección de Senadores, Representantes a la Cámara, Gobernadores, Alcaldes, Diputados y Concejales tendrá las siguientes especificaciones:
a) Sus dimensiones serán 23 centímetros de ancho por 31 centímetros de largo y se diseñará como cuadernillo en donde se integren, en hojas desprendibles, una por cada partido o movimiento, el listado de inscritos;
b) El Tarjetón llevará, como distintivo en la parte superior de las páginas correspondientes, el nombre de cada partido o movimiento, así como el color y logo-símbolo que aparece inscrito ante el Consejo Nacional Electoral;
c) Para mayor orientación de los electores, deberá aparecer la foto en blanco y negro de cada candidato frente a su nombre. Foto impresa que tendrá la dimensión de 3x4 centímetros (tamaño cédula), además del número del renglón de la lista;
d) El tarjetón electoral deberá ser numerado e impreso en papel de seguridad y será distribuido oficialmente por la Registraduría Nacional del Estado Civil para cada mesa de votación.
Artículo 2°. En el Formulario E-11 se destinará un espacio en blanco al lado donde debe firmar cada sufragante, para la impresión de su huella digital antes de marcar y depositar el Tarjetón respectivo.
Parágrafo transitorio. Estos procedimientos y especificaciones se aplicarán a partir de las elecciones de 2014.

Octubre 17 de 2012
Radicado
Octubre 19 de 2012
Publicación
Gaceta 706/12
Abril 17 de 2013
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 214/13
Abril 24 de 2013
Aprobado Primer Debate
Gaceta 465/13
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura