Política

No. Senado: 24/12

Por la cual se estatuyen las vacaciones individuales de la Rama Judicial. [Vacaciones de la Rama Judicial]

Carlos Enrique Soto Jaramillo
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 16 de 2014

Sinópsis

La presente ley tiene por objeto regular el disfrute del derecho al descanso remunerado de los funcionarios y empleados públicos de la Rama Judicial, con el fin de mejorar la eficiencia del servicio público y garantizar el acceso permanente y efectivo al servicio público esencial de los colombianos a la administración de Justicia. Los funcionarios y empleados de la Rama Judicial tienen derecho al descanso remunerado por el término de quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones individuales, por cada año de servicio.

Julio 20 de 2012
Radicado
Julio 24 de 2012
Publicación
Gaceta 453/12
Diciembre 05 de 2012
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 956/12
Mayo 14 de 2013
Aprobado Primer Debate
Gaceta 324/13 547/13
Marzo 07 de 2014
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 82/14
Junio 16 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura