Política

No. Senado: 15/12

Por medio del cual se modifican los artículos 371 y 372 de la Constitución Política. [Funciones y composición del Banco de la República]

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Estado actual: Retirado por el Autor Abril 18 de 2012

Sinópsis

El proyecto determina que serán funciones del Banco de la República: mantener el equilibrio de los indicadores macroeconómicos a través del control de la inflación, propender por el pleno empleo y el crecimiento del sector productivo del país; regular la moneda, los cambios internacionales y el crédito; emitir la moneda legal; administrar las reservas internacionales; ser prestamista de la última instancia y banquero de los establecimientos de crédito, y servir como agente fiscal del Gobierno. La Junta Directiva del Banco será la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, y estará conformada por 6 miembros, entre ellos el Ministro de Hacienda, quien la presidirá y contará con derecho a voz y no a voto. El Gerente del Banco será elegido por la Junta Directiva. Los 4 miembros restantes serán nombrados por el Presidente de la República para el periodo equivalente al presidencial, y podrán ser reelegidos máximo por dos periodos. El Presidente también nombrará al Auditor General del Banco.

El Banco deberá presentar un informe anual al Congreso sobre la ejecución de las políticas a su cargo mediante respuesta a un cuestionario elaborado por las comisiones económicas de ambas cámaras.

Marzo 20 de 2012
Radicado
Marzo 27 de 2012
Publicación
Gaceta 113/12
Abril 18 de 2012
Retirado por el Autor