El proyecto determina que el Presidente de la República, el Vicepresidente, los ministros, la cúpula de las Fuerzas Armadas, los directores de departamentos administrativos, gobernadores y alcaldes, deberán someterse a un examen médico una vez al año, que se llevará a cabo por un médico de la EPS a la que estén afiliados. El médico deberá presentar un informe público en caso de evidenciar la existencia de enfermedades neurodegenerativas, desórdenes cognitivos, trastornos mentales o impedimentos físicos severos que les impidan cumplir sus funciones a cabalidad. El Senado de la República deberá reunirse para estudiar el informe del estado de salud del Presidente y del Vicepresidente y decidir sobre la procedencia de la declaratoria de falta absoluta por incapacidad física permanente o falta temporal por enfermedad. En el caso de los ministros, la cúpula de las Fuerzas Militares, los directores de departamentos administrativos, gobernadores y alcaldes, será el Presidente el encargado de estudiar el informe y decidir la remoción del cargo.