Política

No. Senado: 204/10

Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 11 de la Ley 712 de 2001. [Caja Nacional de Previsión]

Jorge Eduardo Géchem Turbay
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Retirado por el Autor Junio 09 de 2011

Sinópsis

La competencia para conocer los conflictos, las diferencias y controversias entre los afiliados de la Caja Nacional de Previsión, Instituto de Seguro Social, será la jurisdicción ordinaria laboral.

Noviembre 30 de 2010
Publicación
Gaceta 990/10
Junio 09 de 2011
Retirado por el Autor