La presente ley tiene por objeto autorizar a los municipios para crear un impuesto predial especial, considerando el uso especial que los concesionarios y las empresas de radiocomunicaciones realizan, mediante la instalación de antenas diseñadas para tal fin, dentro de la jurisdicción territorial municipal. Así mismo, establece parámetros para la liquidación de dicho gravamen y reforma las normas correspondientes para autorizar a los Concejos Municipales y al Distrito Especial de Bogotá para organizar su cobro y darles el destino que juzguen más conveniente para atender sus necesidades.