Política

No. Senado: 178/10

Por medio de la cual se adoptan normas y requisitos mínimos, para el uso y supervisión técnica, de sistemas verticales de transporte de personas, eléctricos, automáticos y mecánicos y se dictan otras disposiciones. [Regula los sistemas verticales de transporte de personas]

Carlos Emiro Barriga Peñaranda
Conservador Colombiano
Estado actual: Retirado por el Autor Junio 09 de 2011

Sinópsis

La presente ley establece criterios y requisitos mínimos para el uso, señalización y supervisión técnica de sistemas verticales de transportes de personas, eléctricos, automáticos y mecánicos dentro y fuera de edificaciones, para generar condiciones óptimas de seguridad y la reducción del riesgo de accidentes.

Octubre 20 de 2010
Publicación
Gaceta 797/10
Junio 09 de 2011
Retirado por el Autor