Política

Número de Cámara: 35/10

Por medio del cual se dispone lo relativo al financiamiento del defensor del usuario en salud. [Defensoría del usuario en salud]

Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2011

Sinópsis

En el caso de las Entidades Promotoras de Salud de los regímenes contributivo y subsidiado, la tasa deberá incluir el costo que demanda la organización y funcionamiento de la Defensoría del Usuario de que trata el artículo 42 de la Ley 1122 de 2007.

Julio 29 de 2010
Radicado
Agosto 02 de 2010
Publicación
Gaceta 476/10
Octubre 06 de 2010
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 744/10
Junio 20 de 2011
Archivado por Tránsito de Legislatura