El proyecto define con claridad el concepto del ejercicio de la prostitución y faculta a los alcaldes distritales o municipales para cancelar la personería jurídica de los entes sin ánimo de lucro que distorsionen su objeto para ponerlo al servicio de este tipo de actividades, así como para ordenar el cierre definitivo de los establecimientos y la condigna imposición de sanción de carácter pecuniario.