A partir de la promulgación de la presente ley, la participación del crédito otorgado por el Sistema Financiero al Sector Público, será hasta el treinta por ciento (30%) del total de los recursos disponibles de la entidad crediticia que presta el servicio. Es obligación de las entidades financieras disponer como mínimo el setenta por ciento (70%) de los recursos disponibles al fortalecimiento del sector productivo de la economía.