La trabajadora que haga uso del descanso remunerado en la época del parto, tomará las 12 semanas de licencia a que tiene derecho de acuerdo a la ley, el esposo o compañero permanente tiene derecho a 1 semana de licencia de paternidad remunerada y los empleadores concederán 1 semana de licencia adicional no remunerada. Para que proceda la licencia del padre, deben solicitarla los dos esposo o compañeros permanentes.