En el proyecto se pretende ampliar la perspectiva de la acción y el derecho del habeas corpus. Por eso, se determina que el habeas corpus procederá contra las decisiones judiciales que constituyen vías de hecho, es decir contra las providencias judiciales que se alejan del derecho para convertirse en resoluciones arbitrarias, guiadas por la simple voluntad caprichosa de la autoridad judicial. De esta regla se exceptúan las sentencias, para las cuales la acción constitucional idónea continuará siendo la tutela, que brinda un mayor espacio de tiempo para el análisis.