El proyecto establece los requisitos mínimos que se deben cumplir para ejercer la profesión de Ingeniería, que por las implicaciones que desarrolla su eventual mal ejercicio, conlleva un riesgo social del cual se debe preservar a la ciudadanía a través de la vigilancia e inspección del Estado a los individuos que han optado por el ejercicio de la profesión. Así mismo, se erige el Código de Ética Profesional del ingeniero y de sus profesiones afines y auxiliares y el correspondiente Régimen Disciplinario. Se define el ejercicio ilegal de la profesión y se establece el control sobre los profesionales extranjeros que pretendan ejercer temporalmente en el país.