Política

Número de Cámara: 28/01

Por la cual se desarrollan los artículos 43, 58, 63, 64, 65, 66, 67, 79, 94, 333, 334 y 350 de la Constitución Política de Colombia para elevar la calidad de vida de los habitantes rurales, facilitar el acceso a los medios de producción a la población campesina colombiana y crear un entorno rural favorable a la paz y la reconciliación.

Luis Humberto Gómez Gallo
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado en Debate Mayo 29 de 2002

Sinópsis

Se busca elevar la calidad de vida de los habitantes rurales, facilitar el acceso a los medios de producción a la población campesina colombiana y crear un entorno rural favorable a la paz y la reconciliación; para lo cual se tendrán en cuenta aspectos como: la equidad, brindar protección al desarrollo de la economía campesina, contribuir a la paz y a la convivencia, adecuar la estructura social agraria, apoyo al ingreso campesino, y la protección de los recursos naturales.

Julio 23 de 2001
Radicado
Julio 25 de 2001
Publicación
Gaceta 347/01
Octubre 02 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 562/01
Mayo 29 de 2002
Archivado en Debate
Gaceta 148/04