La presente ley tiene por objeto establecer las medidas de prevención y control de la violencia en los espectáculos deportivos, contenidas en la Ley 181 de 1995 del Deporte, regulando en consecuencia las obligaciones de propietarios de instalaciones deportivas, clubes, sociedades anónimas y organizadores de acontecimientos deportivos, las funciones de las Fuerzas Armadas y Organismos de Seguridad en relación con la violencia en el deporte, y la organización y funciones de la figura del Coordinador de Seguridad. Las disposiciones de esta ley serán aplicables a las competiciones deportivas de ámbito nacional o de carácter internacional, y en especial, al fútbol profesional, a las calificadas de alto riesgo, y a aquellas otras que en el futuro se determinen, a instancia de la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, creada por la presente ley