Los productores de frutas y hortalizas, ya sean personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho, estarán obligados al pago de la cuota de fomento hortifrutícola. La cuota de fomento hortifrutícola se causará en toda operación que supere la cuantía de diez salarios mínimos legales mensuales. Cuando el productor de frutas u hortalizas sea su exportador, también estará sujeto al pago de la cuota de fomento hortifrutícola.