La Declaración de bienes muebles y de bienes inmuebles representativos de interés Cultural como monumentos nacionales corresponde a la ley; su administración, manejo y conservación, estará a cargo del Ministerio de la Cultura o la entidad que asuma sus funciones, en coordinación con el Consejo de Monumentos Nacionales, la Facultad de Antropología de la Universidad Nacional de Colombia y el Departamento de Cultura del Banco de la República.