Política

Número de Cámara: 35/00 No. Senado: 155/01

Por la cual se establecen términos para el reconocimiento de las pensiones de sobrevivientes y se dictan otras disposiciones.

Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo
Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 24 de 2001

Sinópsis

El derecho a la sustitución pensional es una especie del derecho a la seguridad social, que permite a una o a varias personas entrar a gozar de los beneficios de una prestación económica antes percibida por otra, en este caso la pensión, y cuya finalidad consiste en evitar que las personas allegadas al trabajador y beneficiarias del producto de su actividad laboral queden en el desamparo o en la desprotección por el hecho de su fallecimiento. La equidad y la justicia retributiva justifican que las personas que constituían la familia del trabajador tengan derecho a la prestación pensional del fallecido, con el fin de mitigar el riesgo de viudez u orfandad, permitiéndoles gozar post-mortem del estatus laboral del trabajador fallecido.

Agosto 09 de 2000
Radicado
Agosto 18 de 2000
Publicación
Gaceta 320/00 338/00
Noviembre 07 de 2000
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 440/00
Noviembre 08 de 2000
Aprobado Primer Debate
Diciembre 11 de 2000
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 496/00
Diciembre 15 de 2000
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 75/01
Abril 25 de 2001
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 146/01
Mayo 23 de 2001
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 306/01
Junio 15 de 2001
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 306/01
Junio 19 de 2001
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 317/01 332/01
Junio 20 de 2001
Aprobada Conciliación
Gaceta 341/01 354/01
Junio 20 de 2001
En Conciliación
Gaceta 341/01 354/01
Julio 30 de 2001
Objeciones Presidenciales
Gaceta 370/01
Agosto 13 de 2001
Objeciones Presidenciales
Gaceta 431/01 435/01
Agosto 14 de 2001
Aprobada Objeción
Gaceta 431/01
Octubre 23 de 2001
Aprobada Objeción
Gaceta 552/01
Diciembre 24 de 2001
Sancionado como Ley
Gaceta 24/02