La presente ley tiene por objeto fijar normas y requisitos para la tenencia, porte y cesión de armas de fuego, sus partes, municiones, explosivos, accesorios y materias primas; clasificar las armas; establecer el régimen para la expedición, revalidación y suspensión de permisos; señalar las autoridades competentes; determinar las condiciones y requisitos para su importación y exportación; definir las causales en las que procede su incautación, imposición de multas, decomiso y su destinación; controlar los talleres de armería, fábricas de artículos pirotécnicos, polígonos, personas naturales y jurídicas afiliadas a la Federación de Tiro y Caza Deportiva, Colecciones y Coleccionistas de armas, Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.