Se autoriza a la Asamblea departamental del Atrlántico para que ordene la emisión de la estampilla "Pro-Hospitales de primer y segundo nivel de atención en el departamento del Atlántico". El valor de la estampilla será destinado a la construcción y mantenimiento de la planta física, la adquisición y mantenimiento de equipos, y la dotación de instrumentos y suministros requeridos por los hospitales.