Política

No. Senado: 106/00

Por medio de la cual se establece la pérdida de investidura de los congresistas por gestionar nombramientos ante entidades públicas.

Ingrid Betancourt Pulecio
Verde-Oxígeno
Estado actual: Archivado en Debate Agosto 17 de 2001

Sinópsis

Los congresistas no podrán gestionar a nombre propio o ajeno, nombramientos de particulares ante entidades públicas. La violación de esta norma se sancionará con la pérdida de la investidura.

Octubre 10 de 2000
Radicado
Octubre 12 de 2000
Publicación
Gaceta 418/00
Noviembre 21 de 2000
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 475/00 146/01
Agosto 17 de 2001
Archivado en Debate