El subsidio integral para la adquisición de tierras será administrado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria. Los propietarios de extensiones de tierra mayor a 500 hectáreas, estarán obligados a ceder hasta el 10% de la propiedad al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, y el precio de negociación no podrá ser superior al 50% del valor del avalúo comercial. Las tierras adquiridas serán entregadas a los beneficiarios mediante el sistema del subsidio y crédito establecido por la ley. Las tierras cuya adquisición promuevan y obtengan los campesinos se destinarán a establecer Unidades Agrícolas Familiares, Empresas Comunitarias y para la la constitución de resguardos indígenas.