Política

Número de Cámara: 308/00 No. Senado: 209/99

Por medio de la cual se prohíbe la exportación del gas natural colombiano.

Carlos Ardila Ballesteros
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2001

Sinópsis

La Nación no podrá directamente, ni a través de ninguna empresa industrial y comercial del Estado o de Economía mixta, vender a ningún país o empresa extranjera, o empresa colombiana para exportar, el gas natural que exista en el subsuelo colombiano hasta que el 85% de la totalidad de los hogares del país estén cubiertos por el servicio público de gas natural domiciliario, y las reservas de gas natural probadas técnicamente en el país, garanticen su consumo interno durante por lo menos 70 años.

Diciembre 14 de 1999
Radicado
Diciembre 17 de 1999
Publicación
Gaceta 562/99
Junio 07 de 2000
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 202/00
Junio 08 de 2000
Aprobado Primer Debate
Gaceta 208/00
Junio 14 de 2000
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 208/00
Junio 19 de 2000
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 254/00
Septiembre 26 de 2000
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 385/00 454/00
Septiembre 27 de 2000
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 427/00 173/01
Diciembre 12 de 2000
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 501/00
Junio 20 de 2001
Archivado por Tránsito de Legislatura