Redistribuye la competencias para la investigación y juzgamiento de los altos funcionarios de.l Estado, crea condiciones de igualdad en la designación de los Magistrados de las Altas Cortes, iguala los periodos del ejercicio del cargo entre estos, y el Fiscal General de la Nación y exige a este funcionario, calidades especiales en relación con su preparación científica, acordes con la naturaleza del cargo.