Política

No. Senado: 41/99

Por la cual se desarrolla parcialmente el artículo 187 de la Constitución Política de Colombia, a fin de establecer la remuneración de los miembros del Congreso.

Carlos Moreno de Caro
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2000

Sinópsis

La asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central.

Julio 27 de 1999
Radicado
Julio 30 de 1999
Publicación
Gaceta 219/99
Agosto 24 de 1999
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 268/99
Junio 20 de 2000
Archivado por Tránsito de Legislatura