La Comisión de Investigaciones estará conformada por quince (15) miembros, donde las bancadas tengan representación, de la siguiente manera: todos los Partidos tendrán mínimo un miembro como representación y el residual deberá ser repartido por cociente electoral. De los quince (15) miembros de la Comisión de Investigación y Acusación al menos ocho (8) deben cumplir con los requisitos que ordena el artículo 232 de la Constitución Política para ser Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado.