El Proyecto plantea la descentralización del catastro, específicamente, propone que los municipios de categoría especial, primera y segunda según el artículo 6 de la Ley 136 de 1994 que tengan su formación catastral, y las Áreas Metropolitanas con previa autorización de sus concejos municipales, se puedan construir como autoridad catastral del territorio bajo su jurisdicción. El avalúo catastral del Instituto Geográfico Agustín Codazzi será base del avalúo de los catastros creados con fundamento en la presente ley.