Los empleados públicos que se encuentren desempeñando en provisionalidad, sin estar inscritos en ella, cargos de carrera administrativa que tengan cinco (5) años o más de permanencia en el cargo, el empleado (a) cabeza de familia y los reintegrados por decisión judicial cuyos cargos sean convocados a concurso abierto para cubrir empleos públicos de carrera, derecho a ser inscritos. Cuando los empleos provistos en provisionalidad sean convocados a concurso definitivo, el empleado (a) que se encuentre desempeñando el cargo de carrera y sea elegido, no estará sujeto a período de prueba.