Política

Número de Cámara: 27/02

Por la cual se establecen los requisitos para obtener la tarjeta profesional de abogado y el ejercicio de la profesión como litigante o conciliador y se dictan otras disposiciones.

Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo
Lorenzo Almendra Velasco
Autoridades Indígenas de Colombia AICO

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2004

Sinópsis

Para obtener la tarjeta profesional y ejercer la profesión como abogado litigante o conciliador, será necesario que el interesado haya obtenido el título profesional en Universidad debidamente reconocida, previa aprobación de la totalidad del programa académico y los exámenes preparatorios de grado y con el lleno de los demás requisitos exigidos por la Ley y la Universidad, acreditado el ejercicio de la práctica profesional de que trata esta ley y superado satisfactoriamente el examen especial de Estado para abogados litigantes y conciliadores.Ningún abogado podrá ejercer la profesión como litigante ni actuar como conciliador sin tarjeta profesional que lo acredite, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.

Agosto 14 de 2002
Radicado
Agosto 26 de 2002
Publicación
Gaceta 346/02
Octubre 11 de 2002
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 427/02
Diciembre 30 de 2002
Enviado a Comisión para Primer Debate
Gaceta 75/03
Marzo 13 de 2003
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 149/03
Mayo 06 de 2003
Aprobado Primer Debate
Gaceta 439/03 489/03
Septiembre 09 de 2003
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 489/03
Junio 20 de 2004
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