La presente ley estatutaria tiene por objeto principal designar las autoridades y regular la manera y condiciones como ejercerán las atribuciones previstas en el Acto Legislativo 02 de 2003, para prevenir y combatir la comisión de conductas o actos de terrorismo y los delitos contra la seguridad pública. Igualmente, queda comprendido en el objeto de esta ley lo relacionado con el desarrollo del informe y el reporte de residencia y la conformación por parte de la Fiscalía General de la Nación de Unidades Especiales de Policía Judicial Militar, Unesmil.