El presente proyecto de ley busca adicionar el artículo 109 del Código Penal, dictando disposiciones acerca de las normas de seguridad para menores en las pisicinas. Especificamente, se agrega un inciso que penaliza a quienes permitan a menores de 14 años a su cargo entrar a sitios de alto riesgo cuando esos menores mueren, al igual que a los representantes legales del lugar en el que funciona la piscina.