Los profesionales de la disciplina archivística, a quienes se les aplica esta ley, deben de tener presente que son principios deontológicos, morales y disciplinarios, rectores indiscutibles ajenos a cualquier claudicación, entre otros, el status profesional de la disciplina archivística, el mutuo respeto, la cooperación colectiva gremiales, la dignificación de la persona, el acatamiento de los valores y leyes que regulan las relaciones humanas, la convivencia en comunidad y el cumplimiento voluntario de los principios que guían, protegen y encauzan la actitud del hombre frente a sus deberes, obligaciones y derechos.